REGLAMENTO DE LA PROMOCION:
EN SANTA TOWN CENTER CUMPLIMOS LOS SUEÑOS DE MAMÁ
Agosto del 2026
Sitio para activar las facturas:

Terminos


”VER TERMINOS Y CONDICIONES EN ESTE REGLAMENTO”
En acatamiento a lo dispuesto en la Ley de Promoción de la Competencia y Defensa
Efectiva del Consumidor, el PATROCINADOR establece las cláusulas, lineamientos,
requisitos, términos, restricciones, condiciones y prohibiciones de este CONCURSO.
PRIMERA: ACEPTACIÓN DEL REGLAMENTO: Las disposiciones del presente
Reglamento son de obligatorio acatamiento para todos los compradores participantes en la
promoción: EN SANTA TOWN CENTER CUMPLIMOS LOS SUEÑOS DE MAMÁ, agosto
2026, también son de acatamiento obligatorio para organizadores, sus representantes y
trabajadores, patrocinadores, sus representantes y trabajadores; personeros,
administradores y trabajadores del SANTA ANA TOWN CENTER; propietarios,
arrendatarios, personeros, administradores y trabajadores de los comercios ubicados en el
centro comercial SANTA ANA TOWN CENTER. Toda persona que participe en esta
promoción, al decidir participar de la promoción, declara que conoce y acepta las
cláusulas, condiciones, limitaciones y prohibiciones, establecidas en el presente
reglamento. Este Reglamento se publica en la página Web del SANTA ANA TOWN
CENTER, donde podrá ser consultado por todos los interesados, y obligatoriamente por los
participantes en la promoción que regula.
SEGUNDA: EMPRESA PROMOTORA: La promoción es realizada por EURONEGOCIOS
DEL MEDITERRÁNEO SOCIEDAD ANÓNIMA, con cédula jurídica número 3–101–
240101, empresa en adelante conocida en este Reglamento como la PROMOTORA.
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TERCERA: LUGAR DE REALIZACIÓN DE LA PROMOCIÓN: en la provincia de San José,
cantón Santa Ana, distrito Santa Ana, en el edificio del centro comercial SANTA ANA
TOWN CENTER.
CUARTA: OBJETO Y VIGENCIA DE LA PROMOCION: La PROMOCIÓN tiene como
objeto celebrar el DIA DE LA MADRE 2026 y dar la oportunidad a las personas que hagan
sus compras en los comercios del Centro Comercial Mall San Pedro, de ganar los premios
indicados en este reglamento. Esta PROMOCIÓN estará VIGENTE desde las diecisiete
(05 pm) horas del día miércoles cinco (05) de agosto del dos mil veintiséis (2026), y
finaliza a las veinticuatro (24) horas del lunes treinta y uno (31) de agosto del 2026.
QUINTA: PREMIOS: Primer premio: un fin de semana
Segundo Premio: un fin de semana
Tercer Premio: un Set Baby Liss
Cuarto Premio: un Set Baby Liss
Quinto Premio: un juego Airpods, marca Aple, un par de audífonos, uno para cada
oreja.
Sexto Premio: una orden de compra por un monto de diez mil colones en el local Joha
Pérez Salas, Salón de Estetica.
Sétimo Premio: una orden de compra por un monto de diez mil colones en el local
Joha Pérez Salas, Salón de Estetica.
Octavo Premio: una orden de compra por un monto de diez mil colones en el local
Joha Pérez Salas, Salón de Estetica.
Noveno Premio: una orden de compra por un monto de veinticinco mil colones en las
tiendas patrocinadoras, que está identificados con un rótulo
Para que la persona que compre en los locales comerciales del centro comercial Santa Ana
Town Center, ubicado en Santa Ana, Santa Ana, la persona podrá realizar las compras
hasta el día treinta y uno (31) de agosto del dos mil veintiséis (2026), dentro del horario
de cada local comercial. Los compradores podrán participar en la promoción utilizando la
factura legal por la compra en un local del centro comercial Santa Ana Town Center, por un
monto mínimo de compra de diez mil colones, el comprador que reúna los requisitos de
este concurso, ingresará en un enlace (QR) que se encuentra en los locales comerciales
del Mall San Pedro, llenará los datos y subirá una foto de la factura, conservando la original
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por si la foto de la factura no resulta legible, el ganador debe presentar la factura original en
el momento de recibir el premio. El sorteo es mediante un medio electrónico, con la
participación de un Notario Público, por cada diez mil colones de su factura, el sistema
informático le adjudicará una acción, con lo cual a mayor monto de compra tendrá más
oportunidad de resultar ganador.
SEXTA: REQUISITOS OBLIGATORIOS PARA PARTICIPAR: es obligatorio ser mayor de
edad, residente en el país, tener un documento de identificación legalmente válido y vigente,
según la Ley costarricense, y realizar durante los días de la promoción, una compra
mínima de ¢10.000 (diez mil colones) en locales del centro comercial SANTA ANA
TOWN CENTER. Por tanto, por cada compra de ¢10.000 colones podrán activar su factura
para participar en los sorteos.
SÉTIMA: MECANISMO DEL SORTEO PARA ELEGIR EL GANADOR: Los compradores
ganadores resultarán de una selección aleatoria mediante un sistema de informática,
realizada por el organizador, con la presencia de un Notario Público, sorteo que se hará
el día miércoles tres (03) de setiembre del dos mil veintiséis (2026), a las once (11 a.m.)
Las personas ganadoras de los premios se darán a conocer oficialmente por medio de la
página Web de SANTA ANA TOWN CENTER, www.santaanatowncenter.com, y como
adicional en las redes sociales. A partir del día tres (03) de setiembre del dos mil
veintiséis (2026) los ganadores tendrán hasta el día viernes dos (02) de setiembre del
dos mil veintiséis (2026) para presentarse en la Oficina de Mercadeo de la empresa
patrocinadora, en el SANTA ANA TOWN CENTER, ubicada en el segundo piso del Edificio
Ofimall, presentando su documento de identidad válido y vigente según la Ley
costarricense, y la factura original de compra que resulte premiada en este sorteo, previo a
su visita debe coordinar el día y la hora a través del número telefónico 2283-7803, correo
electrónico: branding@urban.co.cr, se contesta en el mismo horario de la llamada
telefónica; teléfono: 2283-7803 se atiende llamadas de 09:00 am a 11:45 y de 1:15 pm a
04 pm, de lunes a viernes. Cumplida la fecha del dos (02) de octubre del dos mil
veintiséis (2026) y el ganador no se presenta a retirar el premio, la empresa promotora
podrá disponer del premio.
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OCTAVA: MEDIO PARA ACTIVAR LAS FACTURAS: La(s) factura (s) por la (s) compra
(s) realizadas en Centro Comercial Santa Ana Town Center, se deben activar en el
sitio https://concurso.santaanatowncenter.com/terminos/.
NOVENA: NO APLICAN PARA PARTICIPAR EN ESTE SORTEO: Transacciones,
compras o créditos en Bancos, comprobantes de depósitos bancarios, pagos de parqueo,
compras en los mini súper del centro comercial, pago de servicios públicos o telefónicos,
recargas telefónicas; NO son válidas para participar en la promoción facturas o tiquetes de
caja que no estén debidamente autorizadas por la Tributación Directa.
DECIMA: PROHIBICIONES: Está absolutamente prohibida la participación en esta
promoción, de los personeros, administradores, trabajadores de la empresa organizadora,
las personas contratadas para coordinar y manejar la promoción, tales como
programadores o afines, miembros de la Junta Administradora, Administrador (a), del
SANTA ANA TOWN CENTER. Los dueños, arrendatarios, personeros,
administradores, trabajadores de cada local del Centro Comercial Mall San Pedro
pueden participar siempre y cuando la compra la realicen en un local que no sea el local
de su propiedad, que arriendan, o en el que trabajan, las compras en su local no son válidas
para participar en la promoción.
DECIMA PRIMERA: REQUISITOS PARA RETIRAR EL PREMIO: Es obligatorio que el
participante ganador presente al organizador la factura original o tiquete de caja original,
con el cual resultó premiado, en el momento de reclamar su premio, además, deberá
presentar su documento de identidad legalmente válido y vigente, y el premio se entregará
hasta verificar que la factura o tiquete de caja por la compra que realizó corresponde a
fechas dentro de la promoción y que la compra se realizó en los comercios del SANTA ANA
TOWN CENTER, por los montos mínimos que estableció la promoción, y demás
condiciones que establece este Reglamento.
DECIMA SEGUNDA: PLAZO PARA RECIBIR EL PREMIO: Transcurridos los 30 días
naturales desde el día en que se anunció el ganador por la página Web del Condominio
Centro Comercial Mall San Pedro, el derecho para reclamar el premio, caduca de pleno
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derecho y sin necesidad de trámite administrativo o judicial, y la persona ganadora no podrá
reclamar el premio. Durante el desarrollo de esta promoción, la misma podrá ser anulada
total o parcial en cualquier momento en forma inmediata por el patrocinador, en el eventual
caso de que se llegaré a comprobarse algún tipo de irregularidad o fraude que afecte la
igualdad y libre participación de los compradores. El organizador se reserva el derecho de
modificar, variar o hacer cambios a este reglamento para el buen desarrollo y desempeño
de la promoción, en la misma forma en que se da a conocer este reglamento.
DECIMA TERCERA: AUTORIZACIONES DE LOS GANADORES: Cada participante, por
el sólo hecho de su participación en esta promoción, autoriza al patrocinador para que haga
uso de su nombre, imagen, datos personales que no comprometan su seguridad, testimonio
de su participación en la promoción, en cualquier medio de prensa, página Web del Centro
Comercial Mall San Pedro, redes sociales, en relación directa con esta Promoción,
igualmente autorización la toma de fotografías de ganador con el premio, y su publicación.
Consecuentemente los participantes independientemente de si resultan ganadores o no,
renuncian a cualquier reclamo por derechos de imagen presente o futuro. La publicidad que
sea utilizada durante la realización de la promoción para darla a conocer, se utilizará
únicamente para efectos ilustrativos y publicitarios. Conforme con la Ley 8968, Protección
de Datos, NO se dará a conocer el número completo de su documento de identidad, su
número de teléfono, dirección exacta, su lugar de trabajo, su correo electrónico.
DECIMA CUARTA: COMUNICACIÓNES: a través del número telefónico 2283-7803,
correo electrónico: branding@urban.co.cr, se contesta en el mismo horario de la llamada
telefónica; teléfono: 2283-7803 se atiende llamadas de 09:00 am a 11:45 y de 1:15 pm a
04 pm, de lunes a viernes, sin que la respuesta implique una modificación total o parcial
de este reglamento. Cualquier situación que se dé con relación con la promoción regulada
por este reglamento y que no esté específicamente establecida en el mismo, será resuelta
exclusivamente por el patrocinador donde siempre se aplicaran valores, principios y la
buena fe para resolver la misma.
Santa Ana, miércoles 05 de agosto del 2026.
EURONEGOCIOS DEL MEDITERRÁNEO S A,
PATROCINADORA